BT-4.1 / AT-4.1: Tarifa Horaria Opción 1:
Para optar a esta tarifa debes tener un medidor con registro simple de energía más la instalación de un dispositivo que permite controlar la potencia durante las horas de punta*.
Esta tarifa considera los siguientes cargos que aparecerán mensualmente en tu cuenta:
Cargo fijo:
Este cargo es independiente del consumo y se aplicará incluso si no hay consumos. Cubre costos tales como lectura de medidores, facturación, reparto de boletas y facturas, recaudación y atención de nuestros clientes.
Cargo único por uso del sistema troncal:
Este cargo se determina en proporción al consumo de energía. Este cargo financia el desarrollo del sistema de transmisión que es el que permite llevar la energía desde los puntos de generación hasta los centros de consumo.
Cargo por energía:
Este cargo se obtiene multiplicando los kWh de consumo por su precio unitario.
Cargo por demanda máxima contratada:
Este cargo se obtiene multiplicando los kW de potencia contratados en horas fuera de punta por su precio unitario correspondiente, siendo éstos facturados todos los meses independiente del consumo.
Cargo por demanda máxima contratada en horas puntas:
Este cargo se obtiene multiplicando los kW de potencia contratados en horas de punta por su precio unitario correspondiente, siendo éstos facturados todos los meses independiente del consumo.
*Horas de Punta: horario comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas desde el 01 de abril y hasta el 30 de septiembre inclusive, según lo definido en Decretos de Fijación de Precios de Nudo de Corto Plazo, del Ministerio de Energía.
BT-4.2/AT-4.2: Tarifa Horaria Opción 2:
Para optar a esta tarifa debes tener un medidor con registro simple de energía y registro de demanda máxima de hora punta.
Esta tarifa considera los siguientes cargos que aparecerán mensualmente en tu cuenta:
Cargo fijo:
Este cargo es independiente del consumo y se aplicará incluso si no hay consumos. Cubre costos tales como lectura de medidores, facturación, reparto de boletas y facturas, recaudación y atención de nuestros clientes.
Cargo único por uso del sistema troncal:
Este cargo se determina en proporción al consumo de energía. Este cargo financia el desarrollo del sistema de transmisión que es el que permite llevar la energía desde los puntos de generación hasta los centros de consumo.
Cargo por energía:
Este cargo se obtiene multiplicando los kWh de consumo por su precio unitario.
Cargo por demanda máxima contratada:
Este cargo se obtiene multiplicando los kW de potencia contratados en horas fuera de punta por su precio unitario correspondiente, siendo esto facturado todos los meses independiente del consumo.
Cargo por demanda máxima contratada en horas de punta:
Para los meses de abril a septiembre, este cargo se obtiene multiplicando la demanda máxima en horas de punta efectivamente leída del mes por su precio unitario correspondiente. Para los meses de octubre a marzo, este cargo se obtiene multiplicando el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los meses de horas de punta del período inmediatamente anterior por su precio unitario correspondiente.
*Horas de Punta: horario comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas desde el 01 de abril y hasta el 30 de septiembre inclusive, según lo definido en Decretos de Fijación de Precios de Nudo de Corto Plazo, del Ministerio de Energía.
BT-4.3/AT-4.3: Tarifa Horaria Opción 3:
Para optar a esta tarifa debes tener un medidor con registro simple de energía, registro de demanda máxima en hora punta y demanda máxima suministrada.
Esta modalidad considera los siguientes cargos que aparecerán en tu cuenta:
Cargo fijo:
Este cargo es independiente del consumo y se aplicará incluso si no hay consumos. Cubre costos tales como lectura de medidores, facturación, reparto de boletas y facturas, recaudación y atención de nuestros clientes.
Cargo único por uso del sistema troncal:
Este cargo se determina en proporción al consumo de energía. Este cargo financia el desarrollo del sistema de transmisión que es el que permite llevar la energía desde los puntos de generación hasta los centros de consumo.
Cargo por energía:
Este cargo se obtiene multiplicando los kWh de consumo por su precio unitario.
Cargo por demanda máxima de potencia suministrada:
Este cargo se obtiene multiplicando el promedio de las dos demandas máximas más altas registradas en los últimos 12 meses, incluido el mes que se facture, por su precio unitario correspondiente.
Cargo por demanda máxima leída de potencia en horas puntas:
Para los meses de abril a septiembre, este cargo se obtiene multiplicando la demanda máxima en horas de punta efectivamente leída del mes por su precio unitario correspondiente. Para los meses de octubre a marzo, este cargo se obtiene multiplicando el promedio de las dos más altas demandas máximas registradas en los meses de horas de punta del período inmediatamente anterior por su precio unitario correspondiente.
*Horas de Punta: horario comprendido entre las 18:00 y las 23:00 horas desde el 01 de abril y hasta el 30 de septiembre inclusive, según lo definido en Decretos de Fijación de Precios de Nudo de Corto Plazo, del Ministerio de Energía.